Los divorcios y las separaciones laborales serán más rápidos

  • Trámites legales como los divorcios o la pensión alimenticia serán resueltos más rápido con la legislación única para dirimir los conflictos civiles y familiares. Te explicamos cómo funciona.

Los conflictos de carácter civil, y sobre todo aquellos que involucran a las relaciones familiares, como el matrimonio, los divorcios, o las pensiones alimenticias para los hijos, podrán resolverse con mayor rapidez y eficiencia gracias a una nueva reforma a la Constitución, publicada el viernes en el Diario Oficial de la Federación. A continuación te explicamos en qué consiste y los beneficios que traerán estas modificaciones legales.

1. ¿Por qué cambiar a una legislación única?

Actualmente en México tenemos 33 formas diferentes de dirimir los conflictos civiles y familiares, pues ese es el número de Códigos de Procedimientos Civiles que existen en el país, uno por cada entidad federativa, más el Código procedimental federal. Esto dificulta sobremanera la solución de los conflictos que “genera la convivencia diaria en una sociedad democrática”, de acuerdo con el diagnóstico sobre justicia cotidiana realizado en 2015 por diversas organizaciones ciudadanas y académicas, a petición del gobierno federal.

Es por eso que se decidió crear una legislación única en esta materia, tal y como ya existe –desde 2014- en el ámbito penal con el Código Nacional de Procedimientos Penales. Justo en eso consiste esta nueva reforma a la Constitución, en su artículo 73, con la que se faculta al Congreso de la Unión para que este cree una legislación única en materia procesal y familiar.

Además de estos cambios, también se reformaron los artículos 16 y 17 de la carta magna, estableciendo que “las autoridades deberán privilegiar la solución” de los conflictos sobre los formalismos procedimentales, lo que implica que cualquier controversia, civil, mercantil, familiar o penal, deberá solucionarse no solo con los procedimientos y trámites legales que ya existen, sino también con medios alternativos que hagan más rápida la justicia.

2. ¿Cuáles son los beneficios para las empresas?

Actualmente cualquier empresa debe solucionar sus diferencias, tanto con personas como con otros negocios, a través de largos juicios que en muchas ocasiones no resuelven los problemas de fondo. Si bien en México el nivel de litigiosidad de la sociedad no es tan alto como en Estados Unidos, es decir, aquí no se promueven demandas con facilidad, hasta ahora se ha privilegiado recurrir a los tribunales antes que pensar en la mediación o el arbitraje, dos métodos con los que también se resuelven conflictos pero de una forma mucho más amigable.

El beneficio para las empresas tiene dos fases: es inmediato a partir del sábado, pues la reforma al artículo 17 de la Constitución introduce la posibilidad de que los consorcios recurran a medios alternativos antes que acudir con los jueces en conflictos mercantiles o civiles. La otra etapa entra en vigor dentro de ciento ochenta días, plazo que tiene el Congreso para expedir la legislación nacional de procedimientos civiles y familiares, de acuerdo con el decreto de reforma constitucional publicado el viernes.

3. ¿Se favorecerán las familias?

Sí, los diferendos familiares deberán solucionarse de manera más ágil, privilegiando igualmente los medios alternativos para resolver cualquier conflicto, al menos ese es el objetivo de estas reformas.

Un ejemplo de esto es la diversidad de trámites y ordenamientos que tienen que seguir hoy en día las empresas cuando deben descontar a sus empleados un porcentaje de su sueldo, para destinarlo, por orden de un juez familiar, a las pensiones alimenticias de los hijos, en los casos de divorcio. Se prevé que esto se simplifique con la legislación única.

Para ello todas las entidades federativas también deberán reformar sus constituciones para adecuarlas a esta reforma de la carta magna, el plazo para esos cambios también es de ciento ochenta días.

4. ¿Con la nueva ley habrá matrimonios del mismo sexo en todo el país?

No, la nueva legislación nacional civil y familiar solo será procedimental, es decir, los pasos a seguir para dirimir los conflictos en estos ámbitos serán los mismos en todo el país, sin que ello implique que los Códigos Civiles de los estados deban reformarse.

Sin embargo no hay que olvidar que gracias a la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en los hechos, en México las personas del mismo sexo pueden contraer matrimonio, a pesar de que en algunos Códigos Civiles de las entidades prevalece el concepto de que esa institución está reservada para parejas de diferente sexo.

Ya sea mediante el juicio de amparo, o debido a que la Corte declaró inconstitucional, en algunos Códigos estatales, la prohibición del matrimonio entre parejas homosexuales, en términos prácticos en nuestro país es una realidad el matrimonio igualitario.

5. ¿Los divorcios serán más rápidos?

De entrada podemos responder afirmativamente a esta pregunta, pues ese es el objetivo primordial de la reforma constitucional, y de la nueva legislación que deberá crearse. Se trata de que la justicia cotidiana sea mucho más accesible, ágil, eficiente, y sobre todo, rápida y económica para todos los ciudadanos.

En ese tenor, la disolución del vínculo matrimonial en México deberá acelerarse, sobre todo porque la SCJN también ya ha sentado jurisprudencia al respecto. En nuestro país, algunas entidades federativas aun no incluyen en sus Códigos Civiles la figura del divorcio incausado, que implica que la persona que se quiere divorciar no necesita expresar ninguna causa para obtenerlo.

No obstante, tal y como ocurre con el matrimonio entre personas del mismo sexo, la Corte ya ha emitido varios fallos en ese tenor, por lo que a través del juicio de amparo cualquier persona que así lo desee puede divorciarse sin tener una causal establecida en el Código Civil de la entidad en la que vive.

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