Cambio de domicilio fiscal automático por el portal del SAT

  • Quienes cuenten con un buen historial de cumplimiento de sus obligaciones, se habilitará de manera automática la posibilidad de concluirlo por Internet

FUENTE: COEM.MX

De acuerdo con la Regla 2.5.13. de la REsolución Miscelanéa Fiscal para 2018, el cambio de domicilio fiscal su precaptura se puede hacer por el portal sal Servicio de Administración Tributaria, siempre y cuando se cuente deon la e.firma. Para los efectos de los artículos 31, primer párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF), 29, fracción IV y 30, fracción III de su Reglamento.

Para quienes sean buenos contribuyentes, y sólo para ellos, se habilitará de manera automática la posibilidad de concluir el trámite por Internet sin presentar comprobante de domicilio. Mientras que, los demás, esto es, aquellos que no sean habilitados de manera automática, deberán concluir dicho trámite en las oficinas del SAT, cumpliendo con los requisitos señalados en la ficha de trámite 77/CFF “Aviso de cambio de domicilio fiscal a través del Portal del SAT o en la ADSC”, contenida en el Anexo 1-A.

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