Dentro de las deducciones autorizadas que la Ley de ISR (Impuesto sobre la renta) establece, se encuentra el costo de ventas o costo de lo vendido que, dependiendo del tipo de actividad que realice el contribuyente es como aplicará esta deducción para efectos del cálculo anual del impuesto.
Consideraciones en la deducción del costo de ventas
La deducción del costo de ventas, es sin duda de las más importantes para el contribuyente, es por eso que a su determinación no se debe olvidar lo que dice el artículo 39 de la ley de ISR.
Para los contribuyentes que realicen actividades comerciales en las que solo adquieran y enajenen mercancías, para determinar su costo de ventas solo considerarán:
- El importe de las adquisiciones de mercancías, disminuidas con el monto de las devoluciones, descuentos y bonificaciones, sobre las mismas, efectuados en el ejercicio.
- Los gastos incurridos para adquirir y dejar las mercancías en condiciones de ser enajenadas.
En este caso, no existe mayor complicación, ya que estos contribuyentes, solo compran y venden; pero, tratándose de los contribuyentes que llevan a cabo otras actividades, como las manufactureras, entonces los elementos que se consideran para determinar el costo de ventas, son diferentes.