El 14 de julio, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF 2016 y sus anexos 1, 1-A,3,11,14,15,23 y 25-Bis
Esta actualización señala como fecha de entrada en vigor el próximo 15 de agosto, salvo por algunos transitorios.
Estos son los cambios más relevantes que se dieron con esta actualización:
En cuanto al cambio de domicilio fiscal de Distrito Federal a Ciudad de México:
Además, se hace mención al nuevo Complemento de Pagos en las siguientes reglas:
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