Apoco más de cuatro meses de que entrara en vigor el esquema de revisiones electrónicas, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) informó que se logró suscribir en México el primer Acuerdo Conclusivo sobre ese nuevo instrumento fiscalizador.
A través de un reporte conjunto, la institución recordó que, desde septiembre pasado, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) inició en el país revisiones electrónicas que, consideró, constituyen una nueva modalidad a través de la cual lleva a cabo procedimientos de fiscalización por medios electrónicos e interactúan con el contribuyente a través de estos medios.
De esta manera, dijo que el 22 de noviembre pasado, una persona moral recibió en su Buzón Tributario una determinación provisional de adeudo por 796 mil pesos, por diferencias en el pago de impuesto sobre la Renta del ejercicio fiscal 2014.
Ante ello, la Procuraduría inició el procedimiento de mediación respectivo, el que resultó satisfactorio tanto para la autoridad como para el pagador de impuestos, ya que la autoridad recibió el pago del adeudo que legalmente le correspondía y el contribuyente obtuvo, de acuerdo con lo previsto por la ley, una condonación de multas en cantidad de 159 mil pesos.
Por lo anterior, tanto la Prodecon como el SAT destacaron la seguridad jurídica y la transparencia que ofrece la ley a través del procedimiento de justicia alternativa denominado Acuerdos Conclusivos.
“(Este esquema es) único en el mundo, al ser inimpugnable y permitir a los contribuyentes sujetos de auditorías fiscales resolver sus diferencias con el fisco de manera consensuada, en presencia de Prodecon, evitando así juicios largos y costosos”, destacó la Procuraduría.
Ante ello, la institución invitó a los contribuyentes que sean sujetos de revisiones electrónicas a que cuando les sea notificada la resolución provisional por parte del SAT y no estén de acuerdo con los hechos u omisiones observados, que puedan generar incumplimiento de las disposiciones fiscales, soliciten un Acuerdo Conclusivo electrónicamente a través de su buzón tributario para, en caso de consenso, dar por terminada de manera anticipada y transparente el diferendo que surja con la autoridad fiscal.