Como persona física, ¿puedo usar el estímulo fiscal fronterizo?

  • El Gobierno federal lanzó un programa para fortalecer la economía de los contribuyentes de la zona.

FUENTE: EL FINANCIERO

El Gobierno federal lanzó un programa de estímulos fiscales para la región fronteriza norte, que se enmarca en la estrategia para fortalecer la economía de los contribuyentes de esa zona y con ello estimular y aumentar la inversión.

Es probable que te preguntes si como persona física puedes aplicar al estímulo fiscal, tanto para el Impuesto Sobre la Renta (ISR) como para el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

La respuesta es sí, pero con algunas excepciones.

El estímulo fiscal del ISR consiste en pagar solo dos terceras partes del impuesto causado en el ejercicio o en los pagos provisionales del mismo, según la proporción que representen los ingresos sobre el total de ellos, y el estímulo fiscal del IVA consiste en un crédito equivalente a 50 por ciento de la tasa de este gravamen.

En el caso del ISR, podrán aplicar el estímulo las personas físicas del Régimen Empresarial y Profesional, excluyendo la prestación de servicios de manera independiente y la subcontratación de personal.

Es decir, podrán aplicar aquellas personas que tengan un negocio como talleres mecánicos, restaurantes, cafeterías, tiendas de abarrotes, ferreterías o refaccionarias.

Juan Manuel Franco, consultor de la firma BDO México, explicó que para efectos del estímulo para la reducción de la tercera parte del ISR, el requisito fundamental es que la persona física obtenga por lo menos el 90 por ciento de sus ingresos por la realización de sus actividades empresariales en esa zona, exceptuando los honorarios por servicios personales independientes, el arrendamiento y el comercio digital.

En el caso del estímulo fiscal del IVA, podrán aplicar las personas físicas que realicen actividades consistentes en la enajenación de bienes (excepto inmuebles e intangibles), la prestación de servicios independientes o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

Para aplicar este estímulo es necesario que tratándose de la enajenación de bienes (venta), la misma se lleve a cabo en la región fronteriza norte y que la entrega de material de los bienes se haga en dicha región, expuso Franco.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *