El 1o. de diciembre de 2018: es día inhábil

  • Es día en inhábil por llevarse a cabo la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, donde el Presidente electo toma el cargo

FUENTE: COEM.MX

El siguiente sábado 1o. de diciembre se lleva a cabo la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, donde el Presidente electo recibe del actual la investidura del cargo. Esto sucede cada seis años, así de acuerdo al decreto que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Por lo tanto, quienes quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble. Esto conforme al artículo 75 de la LFT, el cual señala:

“En los casos del artículo anterior las y los trabajadores y las y los patrones determinarán el número de trabajadores(as) que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá la Junta de Conciliación Permanente o en su defecto la de Conciliación y Arbitraje. Las y los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.”

Derivado de lo anterior los trabajadores que laboren recibirán el doble del salario por ese día en esta ocasión por ser día sabado

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