Gobierno de AMLO publica en DOF el decreto sobre estímulos fiscales para fronteras norte y sur

Para ambos lados de la frontera, quienes aspiren a ser beneficiarios de dichos estímulos deberán inscribirse a un padrón de contribuyentes en la página de Internet del SAT y tener su domicilio fiscal en la región fronteriza de que se trate por lo menos con 18 meses de antigüedad, entre otros requisitos.

FUENTE: EL ECONOMISTA

Cancún, QRoo.- Se publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto presidencial por el que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) otorga a partir del 1 de enero de 2021 diversos estímulos fiscales a la frontera sur del país y amplía hasta 2024 la vigencia de los estímulos previamente otorgados a la frontera norte. 

Para el municipio de Othón P. Blanco (Quintana Roo), frontera con Belice, se incluye  la reducción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 16 al 8% y del Impuesto Sobre la Renta (ISR) del 30 al 20%, así como la exención del Impuesto General de Importaciones y del Derecho del Trámite Aduanero. 

En el caso de 22 municipios de Chiapas (Palenque, Ocosingo, Benemérito de las Américas, Marqués de Comillas, Maravilla Tenejapa, Las Margaritas, La Trinitaria, Frontera Comalapa, Amatenango de la Frontera, Mazapa de Madero, Motozintla, Tapachula, Cacahoatán, Unión Juárez, Tuxtla Chico, Metapa, Frontera Hidalgo y Suchiate); Tabasco (Balancán y Tenosique) y Campeche (Calakmul y Candelaria), se aplicará sólo la reducción del IVA y el ISR, además de que se modificará el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) para igualar los precios de la gasolina con el país vecino.

Para la frontera norte, se menciona en el decreto que “se estima conveniente ampliar hasta el 31 de diciembre de 2024 la aplicación de los estímulos fiscales en materia del impuesto sobre la renta y del impuesto al valor agregado; medida que resulta congruente con el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024”, es decir, también la reducción del 16 al 8% de la tasa del IVA y de 30 al 20% del ISR.

Se precisa en este caso que “los contribuyentes que apliquen el estímulo fiscal en materia del impuesto al valor agregado deberán realizar la prestación de los servicios en la región fronteriza norte, pues, se ha detectado que algunas aerolíneas aplicaron el referido estímulo fiscal en itinerarios que iniciaron dentro de la región fronteriza norte, pero que concluían fuera de ella, lo que originó que dejaran de trasladar un monto superior a 750 millones de pesos”.

Para ambos lados de la frontera, quienes aspiren a ser beneficiarios de dichos estímulos deberán inscribirse a un padrón de  contribuyentes en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y tener su domicilio fiscal en la región fronteriza de que se trate por lo menos con 18 meses de antigüedad, entre otros requisitos

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